PRÓXIMOS VENCIMIENTOS TRIBUTARIOS

MODELO 111: Declaración de retenciones de rendimientos del trabajo y actividades económicas.

MODELO 115: Retenciones de arrendamientos.

MODELO 123: Retenciones de Capital Mobiliario.            

MODELO 130-131: Pagos fraccionados.

MODELO 303-309: Declaración de I.V.A.

MODELO 202: Pago a cuenta Impuesto Sociedades.

 

Rogamos esté atento a los vencimientos descritos, recordando que deberán entregarnos los documentos necesarios (facturas, libros, registros), ANTES DEL DÍA 10 DE ABRIL DE 2023, para poder confeccionar los modelos correctamente y su presentación en plazo. No olviden que las facturas recibidas con posterioridad y no incluidas en este trimestre se podrán incluir en los siguientes.

 

LABORAL

  •  GESTIÓN DE PARTES DE BAJA/ALTA DE LOS TRABAJADORES, a partir del 1 de abril entra en vigor la nueva normativa sobre la gestión de incapacidad temporal de la que ya hemos ido informando en circulares anteriores. Les recordamos que ya no será obligatorio que los trabajadores entreguen los partes a la empresa, ya que la información será recibida por ésta directamente desde la seguridad social. Ante la demora que se producirá en recibir dicha información y ante posibles errores en la misma, recomendamos que entre la empresa y el trabajador siga existiendo fluidez en la información de este tipo de procesos. El trabajador sí que seguirá recibiendo el parte médico de alta y de baja, bien en papel o en la aplicación de SACYL, aunque no tenga obligación de entregarlo a la empresa, sí que es de suma importancia que se cerciore de su correcta emisión y compruebe las fechas. 
  • Las empresas con más de 50 trabajadores, están obligadas a habilitar entre el 13 de marzo y el 31 de diciembre de 2023 un buzón que permita a sus empleados, o cualquier persona que haya mantenido alguna relación laboral o comercial con la empresa, denunciar las infracciones administrativas o penales que detecten en la empresa. Les dejamos enlace a una noticia que amplia la información.
  • El Tribunal Supremo ha resuelto que ante un despido colectivo, no es discriminatorio pactar una indemnización superior para los trabajadores que no tengan edad cercana a la jubilación, como los mejores de 60 años.

  • Se ha modificado la bonificación aplicable a los contratos de sustitución en caso de maternidad y paternidad, y dicho incentivo tendrá ahora una cuantía inferior. Actualmente, si una empresa sustituye a un trabajador en IT por nacimiento y cuidado de un menor (maternidad o paternidad) o por riesgo durante el embarazo o por riesgo durante la lactancia natural, la empresa puede aplicar las siguientes bonificaciones en las cotizaciones:   
  1. Una bonificación del 100% de la aportación empresarial por todas las contingencias en el contrato de sustitución. La ley exige que la persona contratada esté desempleada.
  2. Una bonificación del 100% de la aportación empresarial por todas las contingencias en el contrato del trabajador sustituido.

A partir del 1 de septiembre de 2023 (fecha en la que entran en vigor los cambios en las bonificaciones) este incentivo se reduce. En concreto:

  • La bonificación del contrato de sustitución en estos supuestos será de 366 euros al mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación del sustituido. Además, la nueva ley sólo permite aplicar el incentivo si la persona sustituida es un desempleado menor de 30.
  • La bonificación en la cotización de la persona sustituida también será de 366 euros al mes.
  • La ley del “sólo sí es sí” ha supuesto que las personas jurídicas puedan ser penalmente responsables por los delitos de acoso sexual que sucedan en las empresas. En este sentido, todas las empresas ya están obligadas a tener un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, pero la Ley del “solo sí es sí” ha ido más allá y persigue la adopción y puesta en práctica de políticas que garanticen la sensibilización, prevención, detección y sanción de la violencia sexual en las empresas. Para ello las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y conductas contra la libertad sexual y la integridad moral, y para evitar cualquier responsabilidad penal, las empresas deben establecer las siguientes medidas (que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores) enfocadas en prevenir y sensibilizar sobre la violencia sexual en la empresa:
  1. Elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas.
  2. Realización de campañas informativas sobre violencia sexual en las que se dé a conocer el canal de denuncia.
  3. Creación de protocolos de actuación en casos de violencia sexual, en los que conste la definición de acoso, las medidas de prevención, el procedimiento de actuación ante una denuncia, las garantías del proceso y las sanciones.
  4. Acciones de formación para la prevención y la sensibilización.
  5. Valoración del puesto. Las evaluaciones de riesgos, al valorar los diferentes puestos de trabajo, deberán incluir la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes.

Si una empresa resulta penalmente responsable por un delito de este tipo, se le podría imponer una multa de un importe mínimo de 5.400 euros y máximo de 3.600.000 euros.

  • A partir del 1-6-2023, se reconoce el derecho de la mujer a una situación especial de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes y continúa la obligación de cotizar en caso de menstruaciones incapacitantes, interrupción voluntaria o involuntaria de embarazo; desde el día 1º de la semana 39 de embarazo.
  • Con efectos desde el 2-3-23, la Ley 4/2023 de 28 de febrero de 2023, para la igualdad de trato y de oportunidades de las personas LGTBI en el ámbito laboral, pretende impulsar la protección de los derechos del colectivo LGTBI y erradicar toda forma de discriminación y modifica diversas infracciones en materia de empleo y tipifican conductas de discriminación expresamente hacia las personas trabajadoras pertenecientes al colectivo LGTBI.
  • A partir del 1-4-2023, se amplía la posibilidad de disfrutar de reducción de jornada y de la correspondiente prestación en caso de cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave, discapacidad del causante, una vez cumplidos los 18 años por el causante, se puede reconocer la prestación hasta que cumpla 23 años.
  • La prevista inclusión en la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas se materializará a partir del 1-10-2023.

 

FISCAL

  • Publicado en el BOCYL de 6 de marzo de 2023, pero con efectos desde 1-1-2023, se mejoran las deducciones por familia numerosa y se eliminan las limitaciones de base imponible para aplicar estas deducciones y las deducciones por nacimiento y adopción.
  • También se modifica la deducción para jóvenes por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en el medio rural, incrementando el valor máximo de adquisición de la vivienda y la base máxima anual de deducción.
  • El modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», pasa de ser un modelo de presentación trimestral a anual, el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año.
  • Publicado el 6 de marzo de 2023 en el BOCYL se ha modificado la Ley 12/2021, de 20 de diciembre de Tasas y Preciso Públicos de la Comunidad de Castilla y León, actualizándose precios en cuando a la Inscripción de Registro Oficiales, solicitud de informes, expedición o el reconocimiento de licencias de caza, pesca, realización de análisis por laboratorios de salud pública, sacrificio de animales, despiece de canales, transformación de la caza… entre otros.
  • Actualización de la “lista negra” europea de jurisdicciones no cooperativas, que la compone los siguientes países: Samoa Americana, Anguila, Las Bahamas, Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, Fiyi, Guam, Islas Marshall, Palaos, Panamá, Federación de Rusia, Samoa, Trinidad y Tobago, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Vanuatu.
  • Por la resolución de 6 de febrero de 2023 se hacen públicas las directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2023, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CCAA.
  • Se ha publicado la Corrección de errores de la OM HFP/1259/2022, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT para el año 2023.

 

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • Con fecha 9 de marzo de 2023 ha sido publicada la convocatoria para la concesión de préstamos para la financiación de nuevas inversiones, ampliación o modernización de la capacidad productiva, prestamos SODEBUR. Pueden encontrar más información pinchando en este enlace.
  • Aprobado el BONO CULTURAL JOVEN, pueden encontrar más información en su propia página web, desde donde pueden proceder a solicitarlo. gob.es
  • Ponemos en su conocimiento el 25 aniversario de la Asociación del Parkinson, que se celebra el 10 de junio de 2023, que celebrará numerosos conciertos, entre ellos participará LA MODA, pueden encontrar más información en este enlace.