NUESTRO HORARIO EL DÍA 5 DE ENERO SERÁ DE 08:00 A 15:00

 

PRÓXIMOS VENCIMIENTOS TRIBUTARIOS

Con el fin de año, ES OBLIGATORIO REALIZAR UN INVENTARIO DE EXISTENCIAS, en el que deberán detallarse el número de unidades, precios y total valorado de todas las mercancías a precio de coste.

PRESENTACIÓN EL 15 DE ENERO CON CARGO EN CUENTA EL DÍA 20

MODELO 111: Declaración de retenciones de rendimientos del trabajo y actividades económicas. 

MODELO 115: Retenciones de arrendamientos.

MODELO 123: Retenciones de Capital Mobiliario.           

 

PRESENTACIÓN EL 25 DE ENERO CON CARGO EN CUENTA EL DÍA 30

MODELO 130-131: Pagos fraccionados.

MODELO 303-309: Declaración de I.V.A.

 

RESUMENES ANUALES 30 Y 31 DE ENERO

MODELOS 180 – 184 – 190 – 193 – 349 – 390

 

Rogamos esté atento a los vencimientos descritos, recordando que deberán entregarnos los documentos necesarios (facturas, libros, registros), ANTES DEL DÍA 11 DE ENERO DE 2023, para poder confeccionar los modelos correctamente. No olviden que las facturas recibidas con posterioridad y no incluidas en este trimestre se podrán incluir en los siguientes.

 

FISCAL

  • Si el Importe neto de la cifra de negocios de la sociedad en 2022 no supera el 1.000.000€ y, además, no es patrimonial, a partir de 2023 el tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades será del 23%.
  • Si aplicó en el IRPF la reducción del 30% por un rendimiento del trabajo generado en más de dos años, y este año ha percibido otro con derecho a la reducción, si prefiere aplicar la reducción en 2022 puede presentar una autoliquidación complementaria suprimiendo la reducción anterior y aplicarla en este ejercicio.
  • La indemnización por extinción del contrato laboral de alta dirección por modificación sustancial de las condiciones laborales no está exenta en el IRPF.
  • Se procede a la supresión del Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos en Castilla y León, ya que el Estado ha creado el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, cuyo hecho imponiblecoincide con el del impuesto autonómico referido.
  • La consolidación del dominio en el nudo propietario por la extinción del usufructo al fallecimiento del usufructuario, no está sujeta al IIVTNU (Impuesto de plusvalía). A efectos de una futura transmisión, la fecha de inicio del período de generación del incremento de valor, es aquella en la que se adquirió la nuda propiedad, sin que se tenga en cuenta la fecha en la que se consolida el dominio.

 

  • Aprobados beneficios fiscales que favorece al sector agrario a efectos de tributación en algunas operaciones en el ITP y AJD:

Con efectos a partir del 1-1-2023, se han aprobado una serie de novedades que afectan a la modalidad TPO del impuesto en el territorio de Castilla y León.

En primer lugar y, en relación con los tipos de gravamen aplicables:

a) Se reduce al 2% (con anterioridad, 3%) el tipo de gravamen reducido aplicable a las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la sede social o centro de trabajo de empresas o negocios profesionales.

b) Se recoge como novedad la aplicación del tipo de gravamen del 4% en las transmisiones patrimoniales onerosas de explotaciones agrarias (siempre que se refieran a las recogidas en la L 19/1995 art.9, 10 y 11 y resulten aplicables las reducciones ahí contempladas), exigiéndose su mantenimiento durante los 5 años siguientes a la fecha de la escritura pública que documente la adquisición, salvo fallecimiento.

En segundo lugar y, en relación con las bonificaciones en la cuota, se recoge una nueva bonificación del 100% aplicables a los arrendamientos de fincas rústicas, siempre que el arrendatario sea agricultor profesional y titular de una explotación agraria prioritaria a la que se afecten los elementos arrendados.

 

Fdo. LA EMPRESA

 

          Le deseamos un FELIZ AÑO 2023, un abrazo, el equipo de AE ASESORES