HORARIO DE INVIERNO AE ASESORES

Estimado cliente y amigo, le informamos que nuestro horario desde el 27 de Septiembre es de lunes a viernes de 8:00 de la mañana a 15:00 de la tarde, y los jueves de 16:00 a 19:00 de la tarde, si desean quedar con nosotros fuera de este horario estaremos a su disposición con cita previa.

 

PRÓXIMOS VENCIMIENTOS TRIBUTARIOS

PRESENTACIÓN EL 15 DE OCTUBRE CON CARGO EN CUENTA EL DÍA 20

Rogamos esté atento a los vencimientos descritos, recordando que deberán entregarnos los documentos necesarios (facturas, libros, registros), ANTES DEL DÍA 7 DE OCTUBRE DE 2021, para poder confeccionar los modelos correctamente. No olviden que las facturas recibidas con posterioridad y no incluidas en este trimestre se podrán incluir en los siguientes.

LABORAL

  • Subida del Salario Mínimo Interprofesional a 965€, afectando la subida a la nómina de septiembre, por su entrada en vigor con efectos desde el 1 de septiembre.
  • El 1 de octubre de 2021 entran el vigor los cambios en las sanciones laborales, supone un incremento del 20% en el importe de todas las sanciones laborales previstas en la LISOS (Real Decreto Legislativo 5/200, de 4 de agosto, POR EL QUE SE APRUEBA EL TECTO REFUNDIDO DE LA Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), se aplicará a las infracciones cometidas a partir del 1 de octubre de 2021.
    • Infracciones Leves en material de relaciones laborales individuales y colectivas y en materia de seguridad social:
      • Grado mínimo de 70€ a 150€
      • Grado medio de 151€ a 370€
      • Grado máximo de 371€ a 750€
    • Infracciones Graves en material de relaciones laborales individuales y colectivas y en materia de seguridad social:
      • Grado mínimo de 751€ a 1.500€
      • Grado medio de 1.501€ a 3.750€
      • Grado máximo de 3.751€ a 7.500€
    • Infracciones Muy Graves en material de relaciones laborales individuales y colectivas y en materia de seguridad social:
      • Grado mínimo de 7.501€ a 30.000€
      • Grado medio de 30.001€ a 120.005€
      • Grado máximo de 120.006€ a 225.018€
    • Infracciones Leves en material de prevención de riesgos:
      • Grado mínimo de 45€ a 485€
      • Grado medio de 486€ a 975€
      • Grado máximo de 976€ a 2.450€
    • Infracciones Graves en material de prevención de riesgos:
      • Grado mínimo de 2.451€ a 9.830€
      • Grado medio de 9.831€ a 24.585€
      • Grado máximo de 24.586€ a 49.180€
    • Infracciones Muy Graves en material de prevención de riesgos:
      • Grado mínimo de 49.181€ a 196.745€
      • Grado medio de 196.746€ a 491.865€
      • Grado máximo de 491.866€ a 983.736€
  • El Tribunal Supremo el 12.05.2021 ha fallado entendiendo que la variación de las condiciones laborales adoptadas por la empresa al inicio de la pandemia no es modificación sustancial de las condiciones de trabajo, sino aplicación de la normativa excepcional derivada del COVID-19 y del estado de alarma.
  • El TS declara que, frente a la reclamación por el alimentante frente al alimentista de cantidades debidas por este último al primero por otros conceptos, el alimentista puede negarse a pagar oponiendo la compensación de lo que a su vez le deba el alimentante por alimentos.

 

FISCAL

  • El 11 de octubre será de aplicación las modificaciones introducidas a la Ley 58/2003 LGT, y no se podrán utilizar programas que permitan la llevanza de doble contabilidad, no reflejar la anotación de transacciones realizadas, registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas o alterar transacciones ya registradas. Se trata de una nueva obligación para todas las personas y empresas que realicen una actividad económica, que se debe de tener además de cumplimiento en la legalidad de los registros contables y de las facturas emitidas, y ahora fijarse en el programa que utilizan para llevar dichos registros. La falta de cumplimiento de esta obligación será constitutiva de infracción tributaria grave
  • IAE – plazo de pago del 16 de septiembre hasta el 22 de noviembre de 2021.
  • Aunque el derecho a las prestaciones de los planes de pensiones en caso de fallecimiento del socio o partícipe no forma parte de la herencia, el testamento puede contener la designación o modificación del beneficiario de un plan de previsión, de un plan de pensiones o de otras figuras análogas.

 

          Esperamos que sea de su interés, un abrazo, el equipo de AE ASESORES