LABORAL

CUOTAS DE AUTÓNOMOS – Queremos aclarar los diferentes cobros de cuotas de autónomos que se están produciendo en los últimos meses:

En enero del año 2020 la Seguridad social no aplicó la subida prevista del porcentaje de cotización del 0,1% respecto del año anterior y, siguió cobrando las mismas cuotas que en 2019.

 En el mes de octubre de 2020 aplicaron dicha subida.

 En el mes de noviembre, además de cobrar la cuota actualizada, han cobrado las diferencias del mes de septiembre de 2020, quedando aún pendientes de cobro las diferencias de enero a agosto de 2020.

 En el mes de enero de 2021 han aplicado la subida que había prevista, de un 0,5% respecto al 2020, pero en febrero han echado para atrás dicha subida, mientras no suba el SMI. Por lo tanto en febrero han vuelto a cobrar lo mismo que estaban cobrando en diciembre de 2020, pero a su vez han empezado a cobrar diferencias pendientes del año 2020.

 

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA CREACIÓN Y ADECUACIÓN DE ESPACIOS SEGUROS EN ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE CASTILLA Y LEÓN (Convocada por la Junta de Castilla y León)

Con fecha 03 de marzo de 2021 se publicaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar el objeto mencionado en el título superior. Hasta la publicación de la convocatoria (tardarán en publicarla en torno a 20 días) no se podrá establecer un procedimiento apropiado para proceder a la preparación de la solicitud de la subvención, pero por ahora ya conocemos estos requisitos:

  • De cara a la subvención la Junta únicamente acepta como espacios seguros aquellas terrazas, exteriores o interiores, que no estén cubiertas. O que estando cubiertas estén rodeadas lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
  • Serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas entre el 1 de junio de 2020 y la fecha límite que será establecida por la Junta en la convocatoria. Las actuaciones aceptadas serán:
  • Las obras de cerramiento estable o instalación de elementos desmontables y móviles que sirvan de aislamiento, tales como toldos, mamparas, cortavientos, parasoles y tarimas accesibles.
  • Adecuaciones estéticas y mejoras de la imagen y funcionalidad de las terrazas siguiendo una serie de criterios estéticos, entendiendo las siguientes como la renovación del mobiliario (mesas, sillas y jardineras), instalación de sistemas de iluminación y de aparatos de climatización exteriores, así como actuaciones de mejora de la fachada exterior del local.
  • Los gastos relacionados con la redacción del proyecto y la dirección facultativa de la obra.
  • Pueden solicitarla empresas turísticas, ya sean personas jurídicas, físicas o comunidades de bienes que en el momento de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCYL figuren como inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León como:
  1. Titulares de establecimientos de restauración.
  2. Titulares de establecimientos de alojamiento hotelero.
  3. Titulares de posadas y hoteles rurales.
  4. Titulares de establecimientos de camping.
  5. Titulares de establecimientos de albergue en régimen turístico.
  • Los beneficiarios deberán mantener activo el espacio seguro objeto de subvención por un plazo total de al menos seis meses desde la fecha de su concesión, sin perjuicio de las limitaciones de apertura que pueda establecer la autoridad competente.
  • El importe mínimo subvencionable será de 900 € y el máximo de 50.000 €, debiéndose justificar los gastos mediante sus correspondientes facturas y justificantes de pago.

 

AYUDAS DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS EMPRESARIALES PROMOVIDOS POR EMPRENDEDORES DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN (Convocada por el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE))

  • Emprendedores que creen una empresa y realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.
  • Proyectos de inversión subvencionables.- Las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.
  • Plazos: Desde el 4 de marzo hasta que se publique convocatoria de cierre por parte de la Junta.
  • La ayuda consistirá en.- Una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional, exclusivamente en uno de los supuestos, conforme los criterios de valoración.
  • Porcentaje máximo de ayuda 60%.

 

Rogamos que se pongan en contacto con nosotros aquellos que estén interesados, para que se les pueda confirmar si se encuentran dentro de los sectores que pueden optar a la subvención.

 

 

Fdo. LA EMPRESA

 

          Esperamos que sea de su interés, un abrazo, el equipo de AE ASESORES