Confinamiento perimetral del municipio de  Burgos y Aranda de Duero.

ENTRADA EN VIGOR EN BURGOS DESDE LAS 00:00 DEL DÍA 21 DE OCTUBRE (noche del martes al miércoles) y se mantendrá su eficacia durante 14 días naturales (3 de noviembre incluido)

ENTRADA EN VIGOR EN ARANDA DE DUERO DESDE LAS 00:00 DEL DÍA 20 DE OCTUBRE (noche del lunes al martes) y se mantendrá su eficacia durante 14 días naturales (2 de noviembre incluido)

 

  • Se restringe la entrada y salida de personas en el municipio de Burgos y Aranda de Duero, salvo para ir al médico, trabajo, centros educativos, retorno al lugar de residencia habitual, cuidar a personas dependientes, trámites administrativos inaplazables, actuaciones ante órganos judiciales, notariales, exámenes…  
  • Se suspenden las visitas en centros de personas mayores, salvo circunstancias individuales y tampoco se permite la salida de los acianos más allá del recinto de la residencia.
  • El aforo en los lugares de culto será de un tercio y la asistencia a velatorios y entierros se limita a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en lugares cerrados.
  •  El aforo en establecimientos y locales comerciales será del 50% y tendrán que cerrar a las 22:00 horas, salvo farmacias, espacios médicos, veterinarios, gasolineras y potros considerados esenciales.
  • El aforo en locales de hostelería y restauración, juegos y apuestas será del 50%, tanto en interiores como en exteriores. No podrán admitir clientes desde las 22.00 horas y tendrán que cerrar a las 23:00, salvo para repartos a domicilio. A estas limitaciones se suman las ya publicadas el 16 de octubre, donde se prohibía fumar en terrazas, el consumo en barra y se establecía que las agrupaciones de mesas deberán de guardas, al menos 1,5 metros respectos a las sillas asignadas a las mesas.
  •  Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas podrán dar clase de forma presencial, pero con un aforo del 50% respecto del máximo permitido.
  • Las instalaciones deportivas podrán autorizar la práctica al aire libre con un aforo máximo del 60% y en interiores, con el 50%. La actividad deportiva en grupo se limita a un máximo de 6 personas. En las competiciones oficiales será de aplicación el protocolo elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

 

El incumplimiento de lo dispuesto, podrá constituir infracción administrativa.

 

          Esperamos que sea de su interés, un abrazo, el equipo de AE ASESORES